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Deniegan la apertura de una cantera de arenisca en Burgos a Canteras el Cubano

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canteraselcubanoEl Ministerio de Medio Ambiente ha formulado una declaración de impacto ambiental desfavorable para el proyecto de apertura de una cantera de cuatro hectáreas para la extracción de roca arenisca en la Merindad de Valdeporres (Burgos).

La empresa que solicitaba la apertura era Canteras el Cubano. Desde el punto de vista hidrológico, la mayor parte de la zona afectada por el proyecto pertenece a la cuenca del río Nela, en Burgos (Cuenca Hidrográfica del Ebro), si bien la parte norte de la cantera se sitúa en la cuenca del río Pas (Cuenca Hidrográfica del Cantábrico). En el ámbito del proyecto existen tres parques eólicos y seis canteras abiertas que distan de la solicitada entre 2,5 y 7,5 kilómetros, según consta en la resolución del Ministerio. De hecho, se señala que el paisaje, «a pesar de ser catalogado como de alta calidad» y que venía definido por la forma de vida pasiega de los escasos núcleos cercanos, se caracteriza principalmente por la presencia de parques eólicos donde los molinos «han sustituido a las visuales de los valles adyacentes como elemento destacado».

En la fase de consultas previa al inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, que se sustanció en 2009, la Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de Cantabria constató la no afección a espacios naturales protegidos ni a espacios de la Red Natura 2000 en la región. La Dirección General de Cultura estimó que con las medidas ambientales previstas en el documento ambiental «no se prevén impactos significativos»; y la Dirección General de Medio Ambiente consideró «escasa la relevancia ambiental de la actividad, cuyos efectos directos sobre la fauna y flora se ven reducidos por la proximidad de un parque eólico». Sin embargo, La Delegación del Gobierno en Cantabria consideró que debido a su línea de cumbre límite entre Burgos y Cantabria, la afección paisajística y ambiental «puede afectar de manera muy significativa a los intereses de conservación de Cantabria», y estimó que «se minimizan los impactos ambientales del proyecto y que se resta importancia a los valores ambientales existentes».

En la fase previa a la declaración de impacto ambiental, el promotor señaló que los organismos cántabros consultados y la Confederación Hidrográfica del Ebro consideran el proyecto «compatible con el medio» y que la autorización de la explotación es «vital». Asimismo, destacó que son los parques eólicos «los mayores causantes de los impactos existentes» en la zona, en la que las pequeñas explotaciones mineras existen «desde hace más de 20 años», habiendo sido éstos «los responsables en muchos casos de que alguna cantera haya sido desplazada». De hecho, añade, Peña Ojastras obedece a la eliminación por desplazamiento de Matanela, a la que sustituirá». Por ello, el promotor considera que las explotaciones mineras no han sido las causantes de los «efectos acumulativos», y que son «un mal menor» frente al que representan las parques eólicos, y rechaza que la explotación para la que pide autorización sea «la gota que puede colmar un aso que está derramado desde hace tiempo».

La Secretaría de Estado de Medio Ambiente considera que, a pesar de las medidas y controles propuestos por el promotor, «se evidencia la existencia de potenciales impactos adversos significativos sobre los valores ambientales» del ámbito de actuación, de acuerdo con los informes emitidos por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y la Delegación Territorial de Burgos, que han informado desfavorablemente el proyecto. En consecuencia, y de acuerdo con la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, la Secretaría de Estado formula declaración de impacto ambiental desfavorable para el proyecto, al concluir que «previsiblemente causará efectivos negativos significativos sobre el medio ambiente», y al considerar que las medidas previstas por el promotor «no son una garantía suficiente de su completa corrección o adecuada compensación».

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