El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, informó de que el Consello aprobó un nuevo plan «para impulsar la rehabilitación de viviendas y convertir locales vacíos en hogares en los municipios de menos de 5.000 habitantes». Una nueva línea de ayudas que contará con un presupuesto de 5 millones de euros hasta 2027, de los que 3 millones se concentrarán en la convocatoria del próximo año.
Rueda explicó que la medida se enmarca en la apuesta de la Xunta de ampliar la oferta de viviendas a disposición de la ciudadanía a través, entre otras medidas, de la rehabilitación y destacó que las aportaciones podrán alcanzar los 30.000 euros y el 75 % del presupuesto de la obra de renovación.
Con esta nueva iniciativa del Gobierno gallego se trata de fomentar la vida en los municipios de menos de 5.000 habitantes mediante el otorgamiento de ayudas «dirigidas a la rehabilitación y finalizar viviendas inacabadas» ubicadas en los mismos, así como así como a las actuaciones dirigidas al cambio de uso de locales y entreplantas situados en los mismos para destinarlos a vivienda, para destinarlas la residencia habitual y permanente de las personas propietarias o a su alquiler.
Dentro de las actuaciones de rehabilitación, se entienden incluidas las de accesibilidad, conservación, habitabilidad, sostenibilidad y eficiencia energética de las viviendas, así como las actuaciones para la medición y la ejecución de obras que eviten la entrada del gas radón o la adopción de medidas que garanticen su eliminación del interior de las viviendas.
En el coste total de las actuaciones subvencionables se podrá incluir los honorarios de los profesionales que intervengan, el coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, y los gastos derivados de la tramitación administrativa. Asimismo, en el coste total de las actuaciones se podrán incluir los gastos derivados de impuestos, tasas y tributos, debidamente justificados.
Tal y como explicó Rueda, las viviendas, locales y entreplantas objeto de las actuaciones deberán, además de estar situadas en un ayuntamiento de la comunidad con población inferior a 5.000 habitantes, dedicarse «la residencia habitual o alquiler a precio tasado durante por lo menos cinco años».
En caso de que las viviendas se rehabiliten para el alquiler, no podrán estar afectadas por ninguna circunstancia jurídica que impida su alquiler. En este supuesto, la obtención de la condición de beneficiario determinará la incorporación de la vivienda en el programa Fogar Vivo de la Xunta, que tiene como objetivo la puesta en el mercado de alquiler, a precios accesibles, del mayor número posible de viviendas vacías de titularidad privada, cuyo precio de alquiler mensual no podrá superar los límites establecidos en la convocatoria.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas propietarias o usufrutuarias de viviendas ubicadas en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes y que acrediten ingresos no superiores a 6,5 veces el Iprem.
En caso de que las viviendas se vayan a destinar al alquiler no será de aplicación el citado límite de ingresos.
Las ayudas podrán conseguir hasta el 75 % del presupuesto protegido de las obras, sin que en ningún caso puedan superar la cantidad de 30.000 euros por vivienda.
Plazos
La Xunta prevé publicar en los próximos días a convocatoria del nuevo programa de ayudas de rehabilitación de viviendas en el rural, con financiación plurianual, cuyo plazo de presentación de solicitudes comenzará una vez transcurridos cinco días hábiles de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia. El plazo de solicitudes de esta primera convocatoria finalizará el 1 de septiembre de 2026 y, en todo caso, en el momento del agotamiento del crédito presupuestario. Esta primera convocatoria para lo 2026 está dota con un presupuesto de 3 M€.
Las actuaciones subvencionables de esta convocatoria a la rehabilitación, terminación o ampliación de las viviendas en los municipios del rural, así como las actuaciones dirigidas al cambio de uso de locales y entreplantas situados en los mismos para destinarlos a hogares, no podrán estar iniciadas en la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de ayudas.
El plazo de ejecución de las obras vendrá fijado en la resolución de concesión de la subvención, sin que en ningún caso pueda exceder de 18 meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación.
Estas ayudas de la Xunta serán compatibles con las ayudas para hacer frente al coste de la contratación de los seguros de impago de rentas y/o seguros multirriesgo de hogar del programa Fogar Vivo, y con las ayudas del programa de adquisición de vivienda en la Comunidad Autónoma de Galicia. Estas subvenciones no se podrán compatibilizar con las ayudas para la adecuación y reparación de las viviendas del programa Fogar Vivo, ni con cualquier otra ayuda de rehabilitación de viviendas gestionadas por la Consellería de Vivienda y Planificación de infraestructuras, a través del Instituto Gallego de Vivenda e Solo (IGVS).



































