El grupo de trabajo de la Cámara de Diputados de Brasil encargado de proponer un nuevo Código Minero aprobó el texto, que será puesto en conocimiento del presidente de la Cámara, Arthur Lira (PP-AL) y que trae varios cambios a propuesta de diputado Joaquim Passarinho (PL-PA). Uno de ellos responde a la solicitud del diputado Evair Vieira de Mello (PP-ES) y permite prórrogas sucesivas de las guías de explotación de minas hasta la emisión definitiva de la ordenanza minera.
El Código vigente ya permite, con carácter excepcional, la extracción de sustancias minerales en un área titulada, incluso antes del otorgamiento de la concesión minera, previa autorización de la Agencia Nacional de Minería (ANM).
Garantías
Otra enmienda acoge la sugerencia del diputado Vermelho (PL-PR) y obliga al titular de la concesión minera a demostrar a la ANM, al otorgar, garantías financieras suficientes para financiar el plan de cierre de la mina, principalmente en relación con la recuperación ambiental.
Vermelho sugirió cambiar el verbo “presentar” por “demostrar” para que las empresas solo demuestren la capacidad de realizar el cierre de la mina, sin necesariamente presentar recursos financieros para ello en el acto de concesión.
“Yo cambiaría ‘presentar’ por ‘demostrar’ garantías financieras, de lo contrario tendría que presentar alguna garantía, algún seguro, cuando en realidad la empresa sólo podría demostrar a través de su balance, a través de su patrimonio, que es capaz de cerrar la mina y reforestar el área, como es el caso de las plantas comerciales de trituración”, explicó Vermelho.
Activo financiero
Entre las novedades del proyecto del nuevo Código de Minería, Passarinho destacó la que permite la comercialización y uso del título de derecho minero en operaciones financieras.
“Una de las novedades es que tienes derecho, a través de tu autorización minera, a captar fondos en el mercado financiero. Puedes ir a la entidad financiera con un activo financiero que puedes utilizar”, resaltó.
Medio ambiente
En materia ambiental, el texto ahora establece expresamente que el titular de la concesión minera está obligado a cumplir con la legislación ambiental y a promover la recuperación del medio ambiente degradado, pudiendo ser responsable en los planos administrativo, civil y penal por daños y perjuicios a terceros resultantes de la explotación minera.
El proyecto también establece que los emprendimientos con alto riesgo para el medio ambiente o para las comunidades cercanas, como aquellos que prevean el uso de un tranque de relaves o sustancias contaminantes, podrán tener que presentar garantías adicionales a la ANM.
Finalmente, el texto del nuevo Código de Minería amplía el concepto de prospección, estableciendo que las actividades de exploración de yacimientos primarios y yacimientos son independientes de la técnica utilizada y la escala de producción.
El Código Minero vigente rige desde 1967.