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Un empresa pizarrera condenada por primera vez por un caso de silicosis de un trabajador

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Un empresa pizarrera de Quiroga (Lugo) ha sido condenada por primera vez por un caso de silicosis de un trabajador al que tendrá que indemnizar con 124.642 euros por contraer la enfermedad. La sentencia recoge que la empresa incumplió las medidas de seguridad que establece la ley para reducir el riesgo de inhalación del polvo que se libera en la actividad de procesado de las rocas de pizarra.

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Entre los incumplimientos de la normativa que el tribunal consideran probados figura que este trabajador permanecía años sin que la empresa le entregase siquiera mascarillas. En el despacho jurídico que defendió al trabajador aseguran que esta es la primera sentencia que condena en Galicia a una empresa pizarrera como responsable de la silicosis contraída por uno de sus trabajadores.

En esta sentencia, de finales del mes de mayo, la sala de lo social del Tribunal Superior de Galicia corrige una resolución previa del juzgado de lo social número dos de Lugo, que en junio del 2019, rechazó la demanda. Ese juzgado dio por buena la documentación presentada por la empresa, que sostiene que siempre cumplió con la normativa de seguridad aplicable en este sector industrial. El Tribunal Superior de Galicia considera, en cambio, que durante la investigación judicial del caso quedó acreditado «el incumplimiento de todas y cada una de las obligaciones de tipo preventivo analizadas». La empresa demandada tiene una cantera en Pacios da Serra, la principal zona extractiva de la comarca de Quiroga, Y dispone en esa misma parroquia y en Quiroga de instalaciones de transformación en la que personal contratado como labrador procede al cortado sucesivo del mineral extraído de la cantera hasta reducirlo a las piezas de pequeñas dimensiones que se utilizan en la construcción, sobre todo para tejados.El obrero enfermo, que está representado por el despacho barcelonés La Laboral Abogados, trabajó en la industria pizarrera entre 1983 y el 2015. De esos 32 años de vida laboral, los veintiocho últimos trabajó para la empresa demandada con la categoría profesional de labrador de mineral. Fue diagnosticado de silicosis en el 2015 y ese mismo año la seguridad social le reconoció una incapacidad laboral permanente absoluta.

El Instituto Nacional de Silicosis, que tiene su sede en Oviedo, registró en los últimos cinco años 326 nuevos casos de silicosis en las provincias de Ourense y Lugo. Entre el 2015 y el 2019, fueron diagnosticados con esta enfermedad pulmonar crónica provocada por la inhalación de polvo de sílice 265 trabajadores en activo o en situación de retiro en Ourense y 61 en Lugo, la mayoría de ellos vinculados a la industria de la pizarra. Años sin recibir ni una mascarilla y extractores de aire que no funcionaban. En las naves de procesado de mineral de pizarra la legislación obliga a las empresas a poner todos los medios para evitar concentraciones excesivas de polvo en suspensión. Las naves en las que se labra el mineral de pizarra que sale en bruto de las canteras deben contar con una buena ventilación, natural y reforzada con sistemas de extracción de aire en cada puesto de corte. Una ley que entró en vigor en 1975 establece además que la empresa tiene que proporcionar a los trabajadores mascarillas autofiltrantes.

Pues bien, el tribunal que dicta esta sentencia tiene en cuenta que en las cinco de las mediciones de polvo de sílice en suspensión efectuadas por la empresa entre el 2011 y el 2016 los valores son superiores a los admitidos. Y en cambio no consta que se hiciesen nuevas mediciones de forma inmediata para comprobar si esa irregularidad se había corregido, que es lo que determinan las normas. También subrayan los jueces que hay constancia documental de que los sistemas de extracción de aire de cada puesto de corte tenían deficiencias de diseño (el punto de captación no estaba en la ubicación adecuada) y como mínimo en el 2001 estaban habitualmente apagados. Eso en la nave de Quiroga, porque la de Pacios ni siquiera disponía de estos dispositivos.

En cuanto a las mascarillas, los jueces consideran que su entrega por parte de esta empresa a su personal es simplemente «aleatorio». En el año 1997 le fue entregada una mascarilla a cada trabajador, en 1999 otra, entre el 2004 y el 2008 una más, en el 2009 siete, y desde ahí hasta el 2014 la plantilla estuvo cuatro años sin ninguna nueva.

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