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Condenados a 15 meses de cárcel cuatro responsables de una marmolería de Huelva por casos de silicosis

El Juzgado de lo Penal número 2 ha condenado a cuatro personas, con distintos cargos en una empresa marmolería de Huelva y a un médico de una compañía aseguradora, a 15 meses de prisión por la muerte de dos de sus trabajadores por silicosis.

Según recoge la sentencia, el juzgado los considera culpables de un delito contra los derechos de los trabajadores, de homicidio imprudente y lesiones imprudentes, y en el fallo se aplican las circunstancias atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño, ya que la empresa indemnizó a los perjudicados antes de la celebración del juicio.

El juzgado, que ha decretado la suspensión por dos años de la ejecución de las penas impuestas, condicionada a no delinquir durante el periodo de suspensión, ha considerado probado que la empresa, constituida en 1987, se dedicaba a la elaboración de encimeras para cocina y baños, mediante el tratamiento de piedra natural e incorporando en fechas no determinada pero anterior al 2004 el tratamiento de piedra artificial, conglomerados de cuarzo.

El acusado J.M.R. ostentó la condición de gerente y administrador único de la empresa hasta 1994 año en que delegó en su hijo, el también acusado J.M.M., pero conservó y compartió con este el poder de dirección y mando. Por su parte, D.M.G., intervino en los hechos en calidad de técnico de prevención de riesgos laborales asignado a la empresa y F.J.L.H., como médico de la aseguradora.

Así, desde la entrada en vigor del contrato en abril del 2004 hasta el año 2009, el técnico acusado se limitó a efectuar mediciones de polvo en general sin realizar mediciones específicas de polvo de sílice que pudieran acreditar los limites de sílice a los que estaban expuestos los trabajadores en cada puesto de trabajo, con lo cual no se llegó a identificar el riesgo hasta que en 2009, cuando los trabajadores ya habían contraído la enfermedad, se realizaron las primeras mediciones que superaban los valores mínimos admisibles.

A su vez, el servicio de prevención se limitó a efectuar mediciones de polvo en general sin realizar mediciones específicas de polvo de sílice que pudieran acreditar los niveles los que estaban expuestos los trabajadores en cada puesto de trabajo, y las primeras mediciones arrojaron niveles superiores entre un 170 y 350 por ciento del valor límite permitido. Por estos motivos, de los nueve trabajadores que componían la plantilla dos fallecieron y otros siete obtuvieron la incapacidad permanente total, según adelantó Diario de Huelva.

Pese a ello, la empresa de elaboración no implantó en ninguno de los dos talleres, en los que se desarrolló su actividad durante más de 20 años, mecanismos de control de la generación y emisión del polvo ni se instalaron hasta 2010 sistemas de ventilación por extracción localizada o dilación en las zonas de generación de polvo ni ningún procedimiento de limpieza en húmedo, ni tampoco los trabajadores realizaron habitualmente sus trabajos con equipos de protección individual para las vías respiratorias.

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