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Renovación de las medidas antidumping para los materiales cerámicos chinos

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La Comisión Europea ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2179, por el que se renuevan las medidas antidumping de la UE frente a las importaciones de pavimento y revestimiento cerámico procedente de China, por otro periodo de 5 años tras la reconsideración por expiración.

ASCER

Isidro Zarzoso, presidente de ASCER, ha puesto en valor la importancia de afrontar este tipo de procedimientos a nivel europeo, desde la perspectiva sectorial de agrupación unida y organizada
El tipo de derecho antidumping aplicable está entre un 30,6% y un 69,7%

El jueves 23 de noviembre de 2017 se publicó oficialmente el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2179, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de baldosas de cerámica originarias de la República Popular China en la Unión Europea tras la reconsideración por expiración. Esto significa que se mantendrán las medidas a las importaciones de baldosas cerámicas chinas a la UE durante cinco años más a partir de la fecha de publicación, es decir, hasta el 23 de noviembre de 2022. El tipo de derecho antidumping aplicable está entre un 30,6% y un 69,7%.

Debido a la persistencia y a una elevada probabilidad de reaparición de dumping y de daño en la industria europea de baldosas cerámicas, CET (Federación Europea de Fabricantes de Baldosas Cerámicas) -de la que ASCER es miembro- solicitó la revisión por expiración de las medidas antidumping a las importaciones de baldosas cerámicas de China en junio de 2016. CET forma parte de Cérame Unie y tiene miembros en Austria, Bulgaria, República Checa, Francia, Alemania, Hungría, Italia, Holanda, Polonia, Portugal, Rumanía, España y Reino Unido, los cuales representan la mayor parte de la producción europea de baldosas cerámicas.

El Reglamento fue aprobado el 22 de noviembre por la Comisión Europea, tras recibir el apoyo de los Estados Miembro. La exhaustiva y rigurosa investigación llevada a cabo por la Comisión Europa ha concluido que, en caso de que las medidas hubiesen expirado sin ser renovadas, se habría mantenido un claro riesgo de reaparición de dumping y de daño. Los resultados de la Comisión apoyan y confirman de prima facie las pruebas y las alegaciones presentadas por la industria europea en su solicitud de revisión por expiración. La investigación “confirma la persistencia de dumping y la presencia de una creciente capacidad de producción inutilizada en China, la cual representa varias veces el consumo total de la UE” afirmó Renaud Batier, Director General de Cérame Unie. Además, los mercados clave de exportación de China ya han establecido medidas antidumping a las baldosas cerámicas procedentes de este país o están en proceso de hacerlo. Dichas medidas tomadas por terceros países habrían llevado a un redireccionamiento de las exportaciones chinas hacia la UE en caso de que el Reglamento (UE) 2017/2179 no se hubiera aprobado.

El presidente de ASCER y el presidente de CET han querido mostrar su especial agradecimiento a las 3 empresas muestra españolas y las otras 6 de otros países de la UE por su colaboración y esfuerzo. También a los distintos organismos que han participado: a la CET, a los servicios de defensa comercial de la Comisión Europea y la Secretaria de Estado de Comercio del Gobierno de España. Isidro Zarzoso, presidente de ASCER, ha puesto en valor la importancia de afrontar este tipo de procedimientos a nivel europeo, desde la perspectiva sectorial de agrupación unida y organizada.

CET da la bienvenida a la renovación de las medidas por un nuevo periodo de 5 años. “La continuación de las medidas es vital para permitir a esta industria, que representa alrededor de 60.000 empleos directos en la UE, seguir siendo competitiva, operar en igualdad de condiciones y continuar invirtiendo e innovando en Europa” según ha manifestado el presidente de CET, José Luis Lanuza.

Antecedentes

En 2011 y a través de la CET, se llevó a cabo un proceso de investigación antidumping de las importaciones chinas de cerámica en la Unión Europea, en el que la Comisión impuso medidas definitivas (entre un 26,3 y 69,7%) para un periodo de cinco años. La medida supuso poner un veto a las importaciones masivas de China. Previamente a la imposición de las medidas antidumping en 2011, la industria cerámica de la UE sufrió un perjuicio importante consecuencia de las prácticas comerciales desleales y las importaciones objeto de dumping procedentes de China.

En septiembre de 2016, la Comisión inició la investigación por de reconsideración por expiración de las medidas antidumping a las baldosas cerámicas originarias de China, tras la solicitud realizada por la industria europea y tras determinar que había suficientes pruebas. La solicitud se basaba en que la expiración de medidas acarrearía una continuación o reaparición de dumping y del perjuicio para la industria. Las medidas se prorrogaron durante la duración de la investigación por reconsideración por expiración.

El aumento sustancial del exceso de capacidad productiva de baldosas cerámicas en China y sus constantes prácticas de dumping tanto dentro como fuera de la Unión Europea suponían una amenaza inminente de reaparición del perjuicio para la industria europea. La Comisión ha estimado que en 2016 la capacidad productiva instalada en China fue de 17.000 millones de metros cuadrados de los que 6.000 están inutilizados. Esta capacidad no utilizada correspondería a 6 veces toda la producción y consumo de la UE. Además, los precios chinos son mucho más bajos que los de los fabricantes de la UE. La amenaza de futuro daño era fuerte ya que la sobrecapacidad productiva es enorme.

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