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La Asociación Española de Marmolistas Funerarios solicita a los ayuntamientos la apertura de cementerios

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La Asociación Española de Marmolistas Funerarios ha remitido una carta a los ayuntamientos -con competencia en legislar sobre la actividad en los cementerios-, para la apertura de los camposantos a los profesionales encargados de la instalación de lápidas.

cementerio

Durante la vigencia del estado de alarma actual se puede realizar el desplazamiento al lugar del trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial. “El lugar de trabajo de los marmolistas que colocamos las lápidas es el cementerio…y nuestra actividad, también se encuentra entre las permitidas”, recoge la carta.

“La nuestra no es una actividad prohibida actualmente por el Real Decreto, y lo que desde los ayuntamientos nos está ocurriendo sin base legal alguna, y entendemos que injustificada, es que no se nos permiten la entrada al cementerio para la colocación de las lápidas”.

Afirman que no han contado con ninguna explicación legal. “Esta decisión sin cobertura legal alguna conlleva perjuicios para todos, no solo para nuestros profesionales, sino también para los consumidores que ven que de forma incomprensible no se permite la colocación de una lápida en el cementerio a sus seres queridos”.

En opinión de la Asociación Española de Marmolistas Funerarios, los ayuntamientos tienen competencia para legislar en materias de cementerios y servicios funerarios, ese mismo precepto establece que tales competencias de los Municipios se ejercerán en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas. “No cabe que el Ayuntamiento establezca normas al margen de los Decretos Estatales del Estado de Alarma o siendo más restrictivos que tales decretos especiales”, subraya.

La Asociación, con esta carta, pretende ser conciliadora y trasladar la situación a que se aboca al sector. “Desde aquí rogamos que dado que no hay prohibición legal alguna se permita a nuestros marmolistas (lo haría un solo operario, en el día y horario que ustedes le indicaran con las medidas de protección que nos requieran, entrar al cementerio a colocar la lápida que el consumidor nos ha encargado; nosotros no podemos cobrar el trabajo de la piedra realizado”.

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